19 diciembre 2006

Trámite Extranjeros

ESTUDIANTES EXTRANJEROS
Deberá presentar fotocopia de su título de grado debidamente legalizado por las autoridades ministeriales del país de origen, solamente en el caso de optar por una Carrera de Especialización, Maestría, o por el Doctorado.
Además, este documento deberá ser legalizado por el Ministerios de Relaciones Exteriores de Nuestro país (Av. Rivadavia 954, Cuidad Autonoma deBuenos Aires) y por la Universidad de Buenos Aires (Uriburu 950, Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Son eximidos de estas legalizaciones aquellos títulos de grado que hayan sido oportunamente legalizados mediante la Apostilla de la Haya. Las instancias de posgrado de esta Facultad otorgan certificados o títulos de validez estrictamente académica, por lo cual no es necesaria la tramitación de la reválida, ya que la misma implica la habilitación para el ejercicio profesional. Los estudiantes extranjeros que requieran una carta de aceptación al proceso de admisión para tramitar una beca en sus paises de origen deben solicitarla al Departamento de Posgrado. La misma no implicará la admisión automática a nuestras actividades sino para el proceso de admisión.
REQUISITOS PARA GRADUADOS EXTRANJEROS
1) Presentar una nota dirigida al Sr. Decano de la Facultad de Derecho de la Universisdad de Buenos Aires (Dr. Atilio Alterini ) solicitando la admisión como alumno de Posgrado para cursar la Carrera de Especialización o el programa de actualización elegido.
2) Presentar una fotocopia del título obtenido en el extranjero.
3) Presentar la nómina de materias aprobadas.
4) Conforme a la resolución vigente nro. 2015/87 (CS), la equivalencia otorgada es al solo efecto de efectuar cursos en las diversas áreas que sedictan en esta Dependencia, no habilitando profesionalmente al graduando que lo solicite.
5) Para poder realizar cursos en Argentina hasta 1 año de estadia debe obtener el DNI, requisito exigido por la Dirección de Migraciones. Si no realiza cursos son suficientes fotocopias del pasaporte ó DNI, certificado del cónsul del país de origen y del Cónsul de Argentina.
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS- DNI PARA EXTRANJEROS (Chacabuco 1261)
1) Documento de Identidad del país de origen
2) Partida de Nacimiento
3) Certificado de radicación
4) Constancia domiciliaria
La documentación debe estar intervenida por el Cónsul Argentino en el país de origen y avalada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de laRepública Argentina.